Laspersonas minusválidas, al igual que el resto de ciudadanos, tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. De ahí la importancia de suprimir las barreras arquitectónicas en las edificaciones, de manera que garanticen la accesibilidad a los inmuebles de aquellas personas con movilidad reducida. En el caso de vivir en una
ACCESIBILIDADEN PISCINAS DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS CTE – DB-SUA 9 1.1.1 - Deberá existir un itinerario accesible que comunique las viviendas con la piscina 1.2.5 - En edificios con viviendas accesibles para usuarios de sillas de ruedas, dispondrán de alguna entrada al vaso mediante grúa para piscina o cualquier elemento adaptable
Enlas comunidades de vecinos, la accesibilidad se ha convertido en un tema de vital importancia. Para garantizar la igualdad de oportunidades y facilitar la movilidad de todas las personas, es imprescindible contar con una normativa clara y precisa en lo que respecta a la construcción y mantenimiento de rampas.
Cuandoun vecino deja de pagar sus cuotas y entra en la denominación de “vecino moroso” pierde una serie de derechos: moroso podrá asistir a las con derecho de voz, pero sin voto. Sin embargo, tendrá derecho a voto cuando haya consignado notarial o judicialmente las cantidades reclamadas. Tanto el propietario moroso como las personas que
Concederayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la rehabilitación de edificios realizando actuaciones de conservación, de mejora de la accesibilidad o de mejora de la seguridad de utilización de edificios de viviendas de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se
Enconclusión, la instalación de ascensores en una comunidad de vecinos no es un tema que deba tomarse a la ligera. La regulación en torno a esta materia es
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Cuandolas obras o actuaciones no sean de obligada ejecución por la persona propietaria, y propietaria y arrendataria acuerden que esta última costee a su cargo las actuaciones de mejora de la accesibilidad, con cargo a parte o la totalidad de la renta arrendaticia, la arrendataria podrá solicitar de la comunidad de propietarios o, en su caso, de la
Laspresentes bases reguladoras contemplan, para el caso de las subvenciones para la mejora de la accesibilidad en edificios de tipología residencial colectiva, la obligatoriedad de relacionarse con la Administración utilizando sólo medios electrónicos, ya que sus destinatarias, las comunidades de propietarios o
Estassubvenciones para salvaescaleras podrán ser solicitadas por comunidades de propietarios y/o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios que cumplan con los siguientes requisitos: en al menos el 50% de las viviendas, los ingresos de las unidades de convivencia deben ser inferiores a 5,50 veces el IPRE.
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accesibilidad en comunidades de propietarios